Polémica

Sumar va un paso más allá: quiere que el DNI y el pasaporte incluyan una casilla para no binarios

Los de Yolanda Díaz consideran que es "fundamental garantizar" que las personas intersexuales "sean reconocidas en los documentos legales correspondientes"

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, visita a la cooperativa Copreci del grupo Mondragon, a 9 de abril de 2025, en Aretxabaleta, Guipúzcoa, País Vasco (España). Esta cooperativa es una de las afectadas por la subida de aranceles impuesto por la administración estadounidense. La vicepresidenta participa por la tarde en unas jornadas sobre la dignidad del cuidado y de las cuidadoras en San Sebastián. 09 ABRIL 2025 Iñaki Berasaluce / Europa Press 09...
Yolanda Díaz visita la cooperativa guipuzcoana Cipreci, una de las afectadas por las subida de arancelesIñaki BerasaluceEuropa Press

Sumar ha registrado una proposición de ley en el Congreso de los Diputados para el reconocimiento de los derechos de las personas intersexuales y de las personas no binarias. En ella, pide incluir en el Documento Nacional de Identidad (DNI) una tercera casilla de sexo que se denomine "no binaria" o similar.

Según se desprende de la iniciativa, para Sumar es "fundamental garantizar que estas identidades y/o expresiones de género sean reconocidas en los documentos legales correspondientes", puesto que "respeta y ampara el principio de autodeterminación sexual o de género".

Para ello, Sumar apuesta en la norma por modificar la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, más conocida como Ley Trans.

Así, la formación añade una disposición adicional en la que aboga por reformar el real decreto que regula la expedición del DNI y sus certificados de firma electrónica, así como el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características. En este sentido, pide agregar en ambos documentos que cuando la persona titular, durante los trámites de expedición o renovación del documento, cumplimente la información relativa a los datos del "sexo", podrá optar por alguna de estas tres posibilidades: "hombre", "mujer" o "no binario".

Igualmente, Sumar quiere que las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adopten "las medidas necesarias para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas que se identifiquen como no binarias en sus documentos oficiales".

"Dichas medidas comprenderán, al menos, la adaptación de procedimientos, formularios, registros administrativos, sistemas de información y protocolos de actuación, así como la formación del personal a su servicio, con el fin de asegurar un trato digno, respetuoso e inclusivo conforme a la identidad y/o expresión de género manifestada por la persona interesada", apunta.

Estas actuaciones explica que deberán aplicarse de forma transversal en todos los ámbitos de la actuación administrativa, especialmente en los sectores de salud, educación, justicia, empleo, seguridad, servicios sociales y participación ciudadana, entre otros. Las administraciones públicas dispondrán del plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta ley para implementar dichas medidas.

En concreto, añade al artículo 7 un nuevo apartado, en el que solicita llevar a cabo la recopilación de datos para poder elaborar una estadística pública que permita constatar la realidad material en cuanto a población con variación en las características sexuales, corporales o intersexuales y de su situación.

Además, al artículo 19, que prohíbe todas aquellas prácticas de modificación genital en personas menores de doce años, agrega cualquiera que sea correctiva "por motivos estéticos o de asimilación a un sexo". También hace alusión a las exploraciones genitales y corporales que no resulten imprescindibles para la prevención o detección de posibles afectaciones a la salud y que pueda ser comprobado con la documentación pertinente.

En materia de educación, Sumar quiere que las administraciones educativas competentes y las universidades promuevan la formación, docencia e investigación en diversidad sexual, de género y familiar, "evitando la difusión como verdades científicas de corrientes teóricas que niegan la diversidad corporal de las personas intersexuales".

En esta misma línea, apuesta por que en los centros donde haya menores intersexuales, se garantice la realización de un plan integral de formación que abarque a toda la comunidad educativa, que incluya al profesorado, personal administrativo y de servicios, familias y alumnado de intervención pedagógica en el aula.

También añade un artículo 42 bis, sobre las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. En este sentido, pide que el Ministerio de Defensa, y el del Interior eliminen de las causas de exclusiones médicas a efectos del ingreso en los centros docentes militares de formación los diagnósticos médicos asociados a la intersexualidad. El objetivo es evitar que se excluya a las personas por motivo de sus variaciones en las características sexuales como son variaciones genitales, gonadales, en los patrones cromosómicos y en los niveles hormonales.

Por otro lado, la norma de Sumar recoge una indemnización para las personas intersexuales "que sufrieran o hayan sufrido modificación corporal de índole genital y/u hormonal sin consentimiento y sufran secuelas psíquicas, físicas y psicológicas derivadas de una mala praxis médica o no, y cuyas secuelas sean causa directa de las mutilaciones fruto de las intervenciones quirúrgicas a que fueron sometidas en edades que no pudieron expresar consentimiento a dichas prácticas médicas".

Esta indemnización consistirá en una prestación económica vitalicia de idéntica cuantía de la pensión mínima a la Seguridad Social para pensionistas mayores de 65 años sin cargas familiares. Dicha prestación será compatible con cualesquiera ingresos percibidos por actividades laborales, mercantiles o derivados del patrimonio personal o societario.

Finalmente, quiere que al inscribir el nacimiento de las personas intersexuales, las personas progenitoras, de común acuerdo, puedan solicitar que la mención del sexo figure en blanco en los archivos del Registro Civil. Se consignará la asignación de un sexo de crianza hasta que la persona intersexual manifieste su identidad "real y sentida".